A.- Funciones del deber de motivación de las resoluciones judiciales. WebIII.-Lo contingente del requisito de la "motivación". En este mismo sentido se ma- nifiesta osvaldo Alfredo GoZAíNE, op. – Todas las resoluciones, con exclusión de las de mero trámite, son motivadas, bajo responsabilidad, con expresión de los fundamentos en que se sustentan, pudiendo estos reproducirse en todo o en parte sólo en segunda instancia, al absolver el grado [3] FERRER, Jordi. La combinación de estos elementos nos da como resultado la posibilidad de identificar dos criterios que podríamos considerarlos como los fun- damentos para una debida motivación de las resoluciones judiciales. Adicionalmente, manifiesta que el fallo es contradictorio e incompatible. Webde la motivación aunque sea escueta. Y esto es para reflexionar, porque de inmediato nos remitimos, al artículo 139, inciso 5) de la constitución peruana, que exige motivación escrita de las … Parte de la doctrina17 sostiene que durante este período se va desarrollando una ampliación del contenido de las sentencias; no obstante, otros autores manifiestan, sin determinar períodos procesales, que existe una falta de justificación de la sentencia judicial en este derecho, a diferencia de la sentencia moderna que está provista de largos considerandos.18 En la Edad Media, se rindió culto al Derecho justineaneo que seguía la técnica de la glosa, según la cual la forma jurídica de razonar consistía en acudir a proposiciones también denominadas brocárdicos latinos, que contenían las reglas y principios esenciales de la decisión. Desde el ámbito del derecho, se ha utilizado el 2 método ecléctico, por estar determinado por el iusnaturalismo racional, iusnormativismo y iusanalítico. La delimitación del thema decidendi lo fijan las partes procesales. WebII. 2) Sentencias de condena: son aquellas que imponen una prestación de dar, hacer o no hacer algo. VI. Sin embargo, ello no En este contexto, la metodología funcionalista es de suma utilidad, puesto que permite que la recolección de los reportes nacionales sea apre- ciada a partir de sus semejanzas y diferencias mediante la creación de nuevos sistemas que evalúan de mejor manera las respuestas a las nece- sidades humanas.14 Incluso podría pensarse en ciertas nociones de ca- rácter económico del derecho comparado, propuestas por Ugo MAttEI, bajo criterios de evaluación conforme al principio de eficiencia de la so- lución legal, conocidos con el nombre de teorema de Coase e interna- lización de costos.15 Ahora bien, dentro de los modelos de organización del Estado que propone DAMASkA, se identifican dos estructuras básicas: el ideal jerár- quico, que corresponde a conceptos de burocracia clásica y se caracteriza por un cuerpo profesional de funcionarios, organizados en una jerarquía que toman decisiones de acuerdo a normas técnicas; y, el ideal paritario, que se define como un cuerpo de personas no profesionales organizadas en un nivel único de poder que toma decisiones aplicando normas comunes, no diferenciadas de los estándares de la comunidad. En consecuencia, para que exista legitimidad de la motivación, la valo- ración de la prueba debe ser correcta; no debe ser absurda o arbitraria. Sin embargo, la ventaja de su insensibilidad hacia las circunstancias individuales es que tienen libertad para corregir las incoherencias de las decisiones de primer nivel y cultivar modos más amplios de ordena- miento del proceso de decisión.33 Adicionalmente, la gran significación que la legislación ecuatoriana da al control de calidad de los jueces Ad-quem en este tipo de organiza- ción, hace que se desvirtúe la importancia de la toma de decisiones de los jueces Ad-quo, puesto que sus decisiones son provisionales y media- tas. Sobre este punto, conviene señalar lo que resolvió la Primera Sala de lo Civil y Mercantil de la ex Corte Suprema de Justicia:89 tErCEro: respecto del cargo de que la resolución impugnada se halla incursa en la causal segunda del artículo 3 de la Ley de Casación, por transgresión de lo que dispone el artículo 280 del Código de Procedi- miento Civil, se anota: la norma legal antes indicada dice: ‘En la sen- tencia y en los autos que decidan algún incidente o resuelvan sobre la acción principal, se expresará el asunto que va a decidirse y los funda- mentos o motivos de la decisión. La … El autor hace un estudio detallado de la evolución del derecho electoral ecuatoriano entendido en su sentido restringido, es decir, como derecho de elegir y ser elegido. el actor señalaba que se había vulnerado su derecho a una debida motivación de las resoluciones judiciales porque la res. Por esta razón, re- sulta imprescindible que estos órganos resuelvan sus sentencias de una manera fundamentada y motivada, tanto en los hechos como en el de- recho, para que las mismas gocen de legitimidad y se convaliden frente a los administrados. En especial, la motivación de las sentencias judiciales es una garantía para las partes procesales y constituye un con- trol efectivo de la actividad de los jueces. Lo cual nos lleva necesariamente distinguir varias clases de sentencias y a preguntar- nos si todas ellas deben ser motivadas. Por ello, la de- mostración busca el convencimiento racional y razonado. 2. GUttErIDGE, la mayor parte de las obras publicadas se limitaban a hacer una introducción al Derecho Comparado, definiendo su objeto y su- brayando el interés y las dificultades que presentan los estudios comparativos, pues dominaba el lega- lismo lógico o el normativismo. Este principio afirma que cualquier enunciado que se contenga a sí mismo, es verdadero. La motivación de las resoluciones es un principio básico del Derecho procesal, su importancia, más allá del tratamiento de temas conexos como la naturaleza del A.B.C., Bogotá, 1983, p. 459. tEoríA DE LA MotIVACIóN DE LAS rESoLUCIoNES JUDICIALES 33 verá más adelante— se la ha definido como la resolución que pronuncia el juez, con aplicación de la ley, sobre el punto o cuestión controvertida; mientras que todas las demás resoluciones son consideradas autos. 51-2006, Juicio No 72-2004, publicada en el r.o. Sobre este aspecto, las posiciones deben ser flexibles, pues claramente se pueden encontrar tanto sentencias que se limitan a declarar un dere- cho, como sentencias que crean estados jurídicos inexistentes previa- mente. Esto significa que de premisas contradictorias se puede concluir válidamente cualquier cosa, pero para efectos de la resolución motivada, ésta puede ser absurda y, por tanto, atentatoria al cri- terio de verdad. El primero, con- tiene un análisis de derecho comparado de la motivación judicial en los sistemas de los países de la familia romano-germánica con los del common law. 666 de 19 de septiembre del mismo año se expresó: La Sala considera que, si en la apreciación de la prueba el juzgador contradice las reglas de la lógica, el fallo se halla incurso en causal de casación, compartiendo el criterio expresado por Ulrich (sic) tEoríA DE LA MotIVACIóN DE LAS rESoLUCIoNES JUDICIALES 69 105 resolución No. b) La fase de la certeza: que normalmente da lugar a la sentencia, por existir convicción sobre la ocurrencia de los hechos. 4.2 Normas nacionales. Adicionalmente, debe señalarse que los derechos constitucionales de seguridad jurídica y defensa en juicio imponen al juzgador la obligación de motivar y fundamentar sus providencias. Sin embargo, consideramos que este proceso no está exento de una operación lógica fundamental, aunque ésta por sí sola no es suficiente ni se limita a la sola aplicación de un silogismo. Cuando la sentencia o el auto definitivo incumple con lo pre- ceptuado en esta norma legal, incurre en el vicio tipificado en la causal quinta del artículo 3 de la Ley de Casación…por lo tanto, de existir este vicio, no cabe atacarlo invocando la casual segunda tanto más cuando que este vicio in procedendo no provocaría la anulación del fallo y el reenvío para que se sustancie nuevamente el proceso con arreglo a de- recho desde el punto en que se produjo la nulidad, que es el efecto pro- pio de la casación del fallo por la causal segunda, de conformidad con lo que dispone el inciso segundo del artículo 14 reformado de la Ley de Casación, sino que se casaría el fallo impugnado y directamente se en- traría a expedir el que en su lugar correspondiere y con el mérito de los hechos establecidos en la sentencia o auto, al tenor de lo dispone el in- ciso primero del antes citado artículo 14 de la Ley de la materia. Eduardo CoUtUrE, op. de validez que es un flagrante incumplimiento de una formalidad procesal, lo que a su vez, constituye causal de casación. Motivación de resoluciones judiciales. Sin embargo, debemos recordar que el ordenamiento consti- tucional ecuatoriano, desde su origen a comienzo del siglo XIX, ha sido influenciado por el paradigma constitucional Europeo Continental y, por ello, a pesar de la gran cantidad de cambios constitucionales que ha sufrido el país, el sistema de fuentes que ha regido en Ecuador es sustancialmente el mismo desde el origen de la república, pese a las múltiples manifestaciones retóricas incluidas en las constituciones ecuatorianas y, particularmente, en las de 1979 y 1998, según las cuales nuestro país es un Estado social de derecho. Coherencia entre lo pedido y lo resuelto. Webde la motivación aunque sea escueta. 1. 33, 1/2006, pp. Atendiendo a su contenido, podrán ser: Diligencias de ordenación. fernando DE LA rúA, Teoría general del proceso, Ed. ... Tipos De Resoluciones Judiciales [pd49596z22l9]. 255 de 16 de agosto de 1999. En este sentido, es de vital importancia establecer si el derecho al debido proceso, incluido el derecho a recibir resoluciones judiciales mo- tivadas, debe ser objeto en la actualidad de una acción extraordinaria de protección (antes acción de amparo). 33-36. tEoríA DE LA MotIVACIóN DE LAS rESoLUCIoNES JUDICIALES 9 B. Motivación judicial en los países de la familia romano-germánica A continuación abordamos los aspectos generales, las características y estilo de la motivación en la familia romano-germánica, y exponemos las ventajas y desventajas prácticas de este sistema de argumentación. 188 y s. los que exista una jurisprudencia constante, sin que esto merme el prin- cipio dispositivo. V.-Directivas generales de motivación. En relación al contenido tenemos: 1) Resolución de todas las cuestiones esenciales objeto del proceso: lo que significa que el juez debe decidir todas las cuestiones que le hayan sido sometidas por las partes, lo mismo que las cuestiones que la propia ley considera esenciales y, por tanto, no debe obviar ningún asunto de los que deban ser resueltos necesariamente (mínima petita). Principio de contradicción Afirma que ningún enunciado puede ser verdadero y falso a la vez. Lógica....................................................................................71 E. Los criterios de verdad y validez como fundamentos de la motivación de las resoluciones judiciales ..............................72 1. Características........................................................................20 3. Requisitos de la sentencia electoral.......................................112 a) Presupuestos externos....................................................112 b) Requisitos internos........................................................115 2. c) Clasificación de las sentencias De las posiciones doctrinarias expuestas se evidencia, sin embargo, que en la actualidad no se puede objetar la necesaria coordinación lógica y jurídica de la sentencia con la ley, en el sentido de que la sentencia aplica la ley preexistente, y constituye su proceso de individualización y espe- cificación, mediante el cual la ley anterior, genérica, hipotética y abs- tracta se vuelve actual y concreta. Astrea, Buenos Aires, 2003, p. 432. 11, que estimó la nulidad deducida por el procurador público de cofopri, declarándose la nulidad de la res. tEoríA DE LA MotIVACIóN DE LAS rESoLUCIoNES JUDICIALES 57 tituiría una causal de interposición de un recurso constitucional ante la Corte Constitucional (acción extraordinaria de protección). tEoríA DE LA MotIVACIóN DE LAS rESoLUCIoNES JUDICIALES 47 Una vez señaladas las exigencias formales y características de las resolu- ciones judiciales, a continuación haremos un análisis detallado de los aspectos más relevantes de la motivación, como concepto surgido a partir de la revolución francesa.71 A. Concepto y fin de la motivación Como se explicó anteriormente, respecto a la sentencia, durante mucho tiempo prevalecieron tesis como la de karl ENGISCh72 y otros, que suponían un silogismo donde la premisa mayor es la ley, la premisa 49 III. III.2. ... El juez … Weben el mismo sentido, las hipótesis específicas han sido corroboradas de acuerdo a cada indicador establecido para motivación de resoluciones judiciales, los cuales han sido los siguientes: datos objetivos formales (normas, jurisprudencia, doctrina de acuerdos plenarios y máximas de la experiencia) y datos objetivos materiales (medios de prueba … El artículo 121 del Código de Procedimiento Civil establece que: “Solo la prueba debidamente actuada, esto es, aquella que se ha pedido, presentado y practicado de acuerdo con la ley, hace fe en juicio”. WebClases de resoluciones: 1. El problema es que a partir de premisas contradictorias, cualquier conclusión es legítima formalmente, aunque materialmente absurda (reduc- ción al absurdo). No. WebSiendo que, la fundamentación de la decisión, plasmada por escrito, debe necesariamente ser clara (inteligible), lógica (respectando los Principios de Lógica Formal que veremos … Las tradiciones y culturas son distintas, y parten de premisas dife- rentes que se basan en la confianza que tienen sus ciudadanos en las resoluciones que dictan los órganos encargados de administrar justicia en estos países. 119 Cfr. cit., p. 280. de causa. CArLA ESPINoSA CUEVA 74 zables. Publicación: 26/01/2021 Desde 99.75€ Comprar Tutela efectiva y derecho a la … Una de las garantías fundamentales del derecho al debido proceso establece que los operadores de justicia estamos obligados a observar la exigencia de que las resoluciones de los poderes públicos sean motivadas, es decir, que no pueden ser adoptadas de manera arbitraria, sin razonar de ma- nera sólida y fundamentada. En los Estados Unidos esta regla no opera de la misma manera por la estruc- tura federal del país y, por el contrario, el tribunal Supremo de los Estados Unidos y los tribunales supremos de los diversos Estados no están vinculados por sus propias decisiones; por ello, pueden existir cambios en la jurisprudencia. El Letrado de la Administración de Justicia antes denominado Secretario Judicial, es una figura clave dentro de cualquier procedimiento penal. 121 Para un análisis detallado sobre los principios lógicos supremos, vid. 558-99, Juicio No. op.sv/exploiis/in dice.aspínBD=1&nItem=40660&nModo=3 y Jurisprudencia de Venezuela: http://anzoategui.tsj.gov. No obstante, del análisis integral del mismo este tribunal puede inferir que no existen defectos en su estructura pues, es- cuetamente, contiene una adecuada motivación y armonía entre su parte considerativa y dispositiva, por lo que no cabe la alegación formulada por el casacionista…”. 16 Cfr. 1547-1559, específicamente, p. 1554. Sin embargo, Piero CALAMANDrEI y Joaquín LLoBEL —citados por el anterior autor— manifiestan que en el sistema procesal romano la motivación de las sentencias no era obligatoria, aunque en la praxis judicial sí se lo hacía. sustentan con resoluciones admirativas judiciales. d) Resolución: es la decisión expresa sobre cada una de las cuestiones esenciales sometidas a conocimiento del juez y que no hayan sido re- sueltas en la motivación. Estas dos tesis en realidad se complementan, pues contemplan aspectos distintos de esta providencia. No así en el Juicio No. Debe ser verdadera, respetando tanto los principios de valoración como las reglas de la lógica, y existe ilegitimidad de la motivación cuando el juzgador prescinde de pruebas esenciales, computa pruebas inexistentes o valora pruebas inválidas. La falta de motivación interna del razonamiento [defectos internos de la motivación] se presenta en una doble dimensión; por un lado, cuando existe invalidez … Irving M. CoPI y Carl CohEN, op. En consecuencia, los hechos se incorporan por los interesados quienes a través de sus peticiones determinan cuál es el objeto del proceso. Los U.S. Courts of Appeal cuentan con 80 jueces; generalmente, sus decisiones son adoptadas por tres jueces que conocen de los asuntos en las principales ciudades de su jurisdicción. Teoría General del Proceso. III.3. finalmente, una parte de la doctrina ha incorporado a las tres clases citadas una cuarta, que han denominado sentencias cautelares, como una categoría autónoma.67 Se refiere a las medidas cautelares, precaute- latorias, preventivas o de seguridad. Lo importante es que se funde en la ley la consecuencia de la conclusión jurídica. 14-16 y 20. “Los jueces de la nación no son […] más que el instrumento que pronuncia las palabras de la ley, seres inanimados que no pueden moderar ni la fuerza ni el rigor de las leyes” (Del Espíritu de las Leyes, tomo I, Ediciones orbis, Barcelona, 1984, p. 148). El … En adelante se usa los siguientes símbolos lógicos para los diversos conectivos: negación (no) “~”; conjunción (y) “.”; disyunción (o) “v”; implicación material (si…, entonces…) “→”; y, equivalencia lógica (si y sólo si…, entonces…) “≡” [N. del E.]. Razón o justificación jurídica suficiente. sin que, como se indicó, en el expediente conste dicho documento. Sin embargo, la suficiencia en modo alguno puede ser utilizada por un juez como criterio de actuación a la hora de motivar, pues los jueces deben realizar una completa justificación de la decisión adoptada.92 Sin embargo, en el caso de las sentencia de los tribunales de alzada, es más difícil aplicar los conceptos antes enunciados. Empezaremos realizando algunas precisiones conceptuales respecto de los autos, para luego detenernos en la sentencia. cit., pp. Según la conocida enseñanza de SAVIGNy, “la sentencia es un todo único e inseparable; entre los fundamentos y lo dispositivo media una relación tan estrecha que unos y otros no pueden ser nunca desmem- brados si no se desea desnaturalizar la unidad lógica y jurídica de la decisión”.80 Por ello, el imperativo que obliga a los jueces y tribunales a la motivación de las resoluciones representa una garantía efectiva de justicia, defensa, publicidad, seguridad jurídica y transparencia en un régimen constitucional democrático. 4.5 Justificación de las resoluciones judiciales. En tal virtud, ADMINIStrANDo JUStICIA EN NoMBrE DE LA rEPUBLICA y Por AUtorIDAD DE LA LEy, se desecha el recurso de casación planteado. Pero, paralelamente, otros métodos particulares como el histórico-dogmático, el descriptivo y el dogmático comparativo, fueron de gran utilidad. WebTipos de resoluciones judiciales y la manera en que las autoridades se pronuncian respecto a pedidos de las partes. – Todas las resoluciones, con exclusión de las de mero trámite, son motivadas, bajo responsabilidad, con expresión de los fundamentos en que se sustentan, pudiendo estos reproducirse en todo o en parte sólo en segunda instancia, al absolver el grado [3] FERRER, Jordi. SAVIGNy, citado por Eduardo CoUtUrE, Fundamentos del derecho procesal civil, 5ta. Pero ésta puede ser diferente de la verdad real. Argumentación Jurídica Como Herramienta para Las Resoluciones Judiciales No se entenderá cumplido este pre- cepto en los fallos de segunda instancia por la mera referencia a un fallo anterior’. En este sen- tido, la consideración de cada cuestión debe ser expresa, aunque la de- cisión puede ser expresa o implícita. En estos casos, el efecto final, en la práctica, es la rectificación, revocación o confirmación del fallo,87 incluso la imposición de una multa a los órganos jurisdiccio- nales que incurrieron en dicha omisión.88 Sin embargo, estos efectos, en estricto sentido, implican la anulación, pues al casar se anula, aunque la nulidad no es necesariamente de todo el proceso, sino solamente del acto procesal o resolución, y lo mismo acontece si se apela del fallo de primera instancia que carece de fundamentación. Desde este punto de vista, las normas jurídicas no preexisten a la interpretación, sino que existirán solo en tanto se hayan concretizado a través de la sentencia (realismo jurídico americano). 16 y ss. 449 de 20 de octubre de 2008. Sussane LANGEr, Introducción a la lógica simbólica, Ed. Vista previa parcial del texto. 4.4 Característica de la forma en que se deben motivar las resoluciones judiciales. 125 Sobre este punto resulta interesante poner de relieve lo manifestado por tarsicio JAñEZ BArrIo, Lógica jurídica: hacia una argumentación jurídica, Universidad Católica Andrés Bello, Caracas, 1997, p. 189, quien señala que la argumentación es un conjunto de métodos de fundamentación de la vera- cidad de un juicio por medio de otros juicios verdaderos y relacionados con él. La lógica como instrumento ineludible en la motivación de las resoluciones judiciales, LAS RESOLUCIONES JUDICIALES Las resoluciones judiciales pueden tener o no cará, Investigación de la resoluciones judiciales, El razonamiento de las Resoluciones Judiciales, Tema 5. Para contextualizar mejor la noción de sentencia, así como la nece- sidad de su motivación, es necesario explorar la naturaleza jurídica de 62 Cfr. Por ejemplo, el que ad- mite la demanda, el que decreta pruebas, el que cita para sentencia, el que da traslado para alegar, el que ordena la expedición de copias, etc.57 Es decir, aunque necesarios e indispensables, son los que simplemente disponen un trámite de los establecidos por la ley en cualquiera de las instancias o grados para dar curso al proceso. 1. 3 de la Ley de Casación determina que las violaciones a la valoración de la prueba pueden ser revisables en casación cuando se argumente que existe violación de las normas que rigen la petición y práctica de la prueba, o bien conforme lo ha expresado la Sala en la resolución No. Sin embargo, si bien está claro que la motivación ha de con- tener razonamientos válidos, no existe un número determinado de ellos ni tampoco una cantidad finita de errores o falacias que deban ser evi- tadas.117 Así como no se podría cuantificar los posibles errores de cálculo que se pueden cometer en cualquier operación matemática, no se puede establecer todos los errores lógicos o de coherencia formal que podrían cometerse en el proceso de construcción de razonamientos.118 Sin em- bargo, consideramos que sí se puede enunciar algunas relaciones lógicas que deben existir en las resoluciones judiciales. En este sentido, se ha pronunciado la ex Primera Sala de lo Civil y Mercantil de la Corte Suprema en el siguiente fallo:105 QUINto: La jurisprudencia dictada por la Primera Sala de lo Civil y Mercantil ha precisado en múltiples ocasiones que es materia reservada a los jueces y tribunales de instancia todo lo que se refiere a la valoración de la prueba, pues sería imposible sostener que se puede revisar el pro- ceso mental que condujo a dichos juzgadores a emitir su decisión sobre la base de uno o más criterios, deducibles de la prueba actuada por las partes. 4.5 Justificación de las resoluciones judiciales. Actualmente, comprende a Gran Bretaña, Estados Unidos, Canadá, Australia, Nueva Zelanda, entre otros. 8-22. Principios procesales aplicables a la autoridad jurisdiccional electoral ...................................104 3. Debiendo observarse por tanto respecto a la motivación que la sentencia reúna los requisitos de ser clara, expresa, completa, legítima y lógica; ya que de lo contrario sería una resolución arbitraria o ilógica; y en la especie, como lo afirma el recurrente, la sentencia impugnada no ha sido debidamente motivada, ya que es una mera referencia al fallo dictado por el Juez de origen, de- fecto esencial que debe ser corregido en base al fundamento del re- curso.98 Si bien la Sala de Casación se refiere de manera general a todos los requisitos que debe contener la motivación, podríamos indicar que, específicamente, es un caso claro en que ésta no es expresa. 2. 348 de 28 de diciembre de 1999 de la ex Primera Sala de lo Civil y Mercantil de la Corte Suprema de Justicia (hoy Corte Na- cional de Justicia). “resolución anticipada. Webla motivación de las sentencias y autos es un derecho fundamental establecido en los artículos 14 y 16 constitucionales, al igual que implicado por el artículo 8.1 del pacto de san josé.131 como es sabido, este derecho consiste en que la autoridad judicial exponga los argumentos por los cuales demuestra que la solución que da al asunto se ajusta … Por ejemplo, la que declara la paternidad, la que dispone el divorcio o la separación de bienes, etc. Un criterio similar adopta la Segunda Sala de lo Laboral y Social en el Juicio No. WebPropuestas de resoluciones judiciales en materia laboral con la debida motivación: 4.1 El derecho humano a la debida motivación de las resoluciones judiciales. 1. En este sentido, resulta positivo lo señalado en varios artículos del anteproyecto del Código Procesal Civil Modelo para Ibe- roamérica.29 Sin embargo, ello no implica que el juez descuide la coherencia lógica entre las premisas y las conclusiones del fallo, pues la motivación debe existir como una garantía de justicia y control popular. trotta, Madrid, 1998, p. 470, quien sostiene: “Los derechos fundamentales, incluso en su letra y estilo, se dan a conocer como enfáticas manifestaciones de voluntad y declaraciones políticas que reaccionan contra experiencias concretas de represión y vulneración de la dignidad humana. WebLa adecuada motivación, permite no sólo que las partes procesales conozcan la razón de la decisión, sino también que exista un adecuado control de las resoluciones judiciales … El tribunal conoce de unos 2.500 recursos por año, pero solo retiene un 13% de los asuntos que le llegan por vía de certiorari, pese a que bastan cuatro votos para retener el asunto. En segundo lugar, la constitución de una monarquía relativamente estable permitía que el sistema administrativo del país no se fragmentara en poderes rivales y la transición entre una administración nobiliaria y la administración pública moderna se hizo progresivamente, sin rupturas radicales37. 276.- En las sentencias y en los autos que decidan algún incidente o resuelvan sobre la acción principal, se expresará el asunto que va a decidirse y los fundamentos o motivos de la decisión. Sentencias Según Eduardo CoUtUrE, la sentencia es tanto un acto jurídico procesal como el documento en que dicho acto se consigna. VI. WebTiene como objetivos ayudar o aportar en los casos concretos de obligaciones que se. La motivación de las resoluciones es un principio básico del Derecho procesal, su importancia, más allá del tratamiento de temas conexos como la naturaleza del Expresa Este requisito, consagrado en el artículo 276 del Código de Procedi- miento Civil, tiene relación con el hecho de que los juzgadores, al momento de dictar sentencia, deben señalar los fundamentos que sir- vieron de soporte para sustentar su tesis, sin remisión a otros actos pro- cesales. No se entenderá cumplido este precepto en los fallos de segunda instancia y de casación, por la mera referencia a un fallo anterior. Si bien en la actualidad los documentos han adquirido mayor importancia en los procedimientos del common law, sin embargo, no ha surgido una auténtica contrapartida al archivo oficial en los cuales se basen los juzgadores. Estilo de las decisiones judiciales............................................15 4. WebContenido de la motivación de las decisiones judiciales. 81- 99. recuérdese que con anterioridad a rené DAVID y h.L.C. Así lo ha señalado la doctrina admitiendo la posibilidad de la omisión de una cita cuando, por las modalidades del fallo, es posible inferir los preceptos de las leyes aplicadas o cuando, pese a que no se menciona el artículo legal, se precisa de otro modo la norma. Cfr. WebLa presente tesis tiene como objetivo determinar la relación entre el razonamiento abductivo y la motivación de las resoluciones judiciales realizadas por la Sala Penal … WebComprensión y Producción de Lenguaje II Psicología de la Motivación y Afectividad (Psicología de la motivacion y afectividad) Química Orgánica (CC1020) Introducción a la administración (A32N) Física y química Mejora continua (5 s) Historia del derecho Investigación Académica Globalización, apertura y tendencias Derecho Por esta razón, no resulta, en principio, desacertado que frente al desconocimiento de los requisitos formales de la providencia se aduzca, al mismo tiempo, que exista vulneración de la garantía de defensa. R. … C. Motivación judicial en los países de la familia del common law Una vez expuesto el modelo romano-germánico, analizamos a continua- ción las nociones fundamentales, características, ventajas y desventajas del modelo anglosajón. WebClases de resoluciones: 1. 108 Cfr. Por tanto, ni todas las sentencias se limitan exclusivamente a declarar un derecho ni todas crean estados jurídicos nuevos. 226-231 al casar la sentencia del tribunal Ad-quem y declarar improcedente las indemnizaciones por despido intempestivo por considerar que el acta notarial presentada por la actora para pretender probar este hecho, no puede ser admitida como prueba pues se aparta de lo dis- puesto en los artículos 6, 18 y 19 de la Ley Notarial. En estos últimos años han ocurrido va- riaciones importantes en los dos sistemas procesales principales, los cua- les han ido perdiendo ciertas características tradicionales y han adquirido otras nuevas.52 Para concluir y luego del análisis de los sistemas procesales del civil law y common law, consideramos, en lo personal, que las sentencias en el Ecuador deben ser motivadas, no solo por su alta significación y alcance constitucional, sino también porque debemos recordar que una de las mayores aspiraciones de la sociedad ecuatoriana es determinar y guiar el ejercicio de una de las manifestaciones de soberanía más impor- tantes en el Estado moderno, como es, la acción de administrar justicia a través de los órganos determinados por el ordenamiento jurídico, como competentes para el efecto. Websirven para el debate serio y profundo del tema de la motivación de las resoluciones judiciales, que es actual, oportuno y crítico. 4.2 Normas nacionales. Quien con- sidera que la verdad solo es susceptible de ser construida, se condena a aceptar toda imagen de la verdad conseguida técnicamente conforme al 110 Enrique fALCóN, Tratado de la prueba, tomo I, Ed. En todo caso, cualquiera sea la clase de sentencia, resulta inexorable el proceso intelectual para su formación descrito anteriormente, lo cual permite afirmar que, sin importar el tipo, todas las sentencias deben ser motivadas, ya sean declarativas, de condena o constitutivas, requie- ren de una valoración crítica sustentada y de una fundamentación ló- gica válida. y obtén 20 puntos base para empezar a descargar. resolución de la Corte Constitucional publicada en el r.o.-S No. Este principio puede expresarse de la siguiente manera: si p, entonces q, y puede simbolizarse: p → p (p implica p).122 Es decir que todo se implica a sí mismo. Unidad 3: Tipos de motivación Teorías de la motivación y la emoción. Motivar debidamente sus resoluciones. Alexander PfäNDEr, Lógica, Espasa-Calpe, Buenos Aires y México, pp. Citado por Erick LUESChNEr LUQUE, La motivación de las decisiones judiciales y el amparo constitucional: una salida a la crisis institucional del Poder Judicial en el Ecuador, p. 16, en: www.revistajuridicaonline.com. Es decir, dos juicios contradictorios entre sí no pueden ser ambos verdade- ros, ni ambos falsos a la vez. 103 Juicio No. 245-2003 de diciembre 18 de 2003, publicado en el r.o. tarsicio JáñEZ BArrIo, Lógica jurídica: hacia una argumentación jurídica, Universidad Ca- tólica Andrés Bello, Caracas, 1997, p.171. tal afirmación que debe ser analizada en relación con la motivación; garantía ésta del debido proceso que se encuentra consa- grada en la Constitución Política de la república, la misma que en su Art. La réplica a la primera tesis consiste en sostener que el principio de la certidumbre o la cosa juzgada no son absolutos en materia constitu- cional y, en caso de conflicto entre ellos, es necesario ponderarlos utili- zando criterios de proporcionalidad aplicables al caso concreto. El uso de la simbología permite formalizar expresiones lingüísticas más complejas, y hace posible realizar operaciones de demostración más elabo- radas. Aguilar, Madrid, 1973; y, del mismo autor: “El derecho comparado en el siglo XX, balance y perspectivas”, en: francisco VA- LIENtE, et al., LXXV Años de Evolución Jurídica en el Mundo, Vol. trotta, Madrid, 1995, p. 21 y ss. 2) La sentencia como acto de voluntad: hacia finales del siglo XIX comienza a insinuarse la doctrina de que entre la sentencia y la ley exis- ten diferencias funcionales, donde la ley no es un ordenamiento jurídico completo, sino una especie de proyecto para futuro, al cual las sentencias le proveen efectividad. Pueden nacer de la lesión de un derecho, del incumplimiento de una obligación de hacer o no hacer que, por tanto, imponen al obligado la prestación de- CArLA ESPINoSA CUEVA 42 tEoríA DE LA MotIVACIóN DE LAS rESoLUCIoNES JUDICIALES 43 bida. Webla motivación escrita de las resoluciones judiciales es fundamental porque mediante ella las personas pueden saber si están adecuadamente juzgadas o si se ha cometido una … INTRODUCCIÓN La Motivación de las Resoluciones Judiciales y el Debido Proceso", amparado en el … 12-32. ed., Ed. 59 Código General del Proceso de la república oriental del Uruguay, Ley No. WebPrincipios procesales desarrollados por el TC. En primer lugar, la temprana centrali- zación de la administración de justicia que aportaba la garantía de una unidad normativa sobre la base de los precedentes jurisprudenciales en los cuales el reconocimiento de la igualdad de derechos no fue motor de cambio, pues los procesos revolucionarios ingleses habían tenido lugar mucho antes de la república de Cromwell. Webmotivación de las resoluciones judiciales constituye un deber jurídico, instituido por la norma jurídica de máxima jerarquía en el ordenamiento jurídico nacional. 351-2004 publicado en el r.o. WebLa sola referencia a un tipo de resolución judicial –“las sentencias”-parece delimitar demasiado3 el ámbito de aplicación de esta obligación que interesa a los integrantes del … CArLA ESPINoSA CUEVA 32 proceso, ya que colaboran con los órganos que administran justicia.54 A su vez, los del tribunal, se clasifican en actos de decisión, comunica- ción y documentación.55 A. Las providencias judiciales y su motivación Para nuestros fines, nos concentraremos en las llamadas providencias ju- diciales, pues resulta importante determinar cuáles de ellas deben ser motivadas y las razones de dicho requerimiento, a efecto de encontrar elementos comunes que nos permitan, posteriormente, fundamentar la necesidad de motivación de las resoluciones judiciales de casación, de manera específica, así como algunos criterios que contribuyan al análisis de este tema. En este sentido, como vimos anteriormente, los autores coinciden en que uno de los requisitos de la motivación es que tiene que ser lógica, por lo que resulta importante que se pueda determinar cuándo lo es y cuándo no. 1) La sentencia como acto lógico: durante mucho tiempo la co- rriente predominante sostuvo que la sentencia no era sino una pura ope- ración lógica, bajo el criterio de que el juez no es sino la boca que pronuncia las palabras de la ley, como se recoge en el libro Del espíritu de las leyes de MoNtESQUIEU.63 En este sentido, como argumenta roCCo: La norma jurídica es un mandato que, por estar expresado en forma abstracta, tiene necesidad de ser concretada, que es lo que hace precisa- mente el juez en la sentencia. Criterio de verdad..................................................................73 2. Saber motivar, desde la Constitución y conforme a la ley, es un ejercicio que requiere un amplio conocimiento y manejo de criterios acertados de argumentación judicial. La forma cómo se resuelva no interesa a los juristas estadou- nidenses, ya que confían mucho en la administración de justicia.51 Adicionalmente, existe cierto rechazo por parte de los jueces de este sistema hacia el archivo escrito; por esta razón, se preocupan en de- sarrollar una maquinaria poderosa para confrontar de manera directa y oral las pruebas, especialmente la testimonial, durante la audiencia, frente a lo que sucede en la justicia continental, que se apoya en lo que está registrado en un archivo. Puede decidirse de manera implícita cuando la cuestión queda desestimada en la motivación y pierde influen- cia sobre el sentido del fallo. WebIncluye referencias bibliográficas (páginas 455-472). 34 Artículo 31 de la Constitución Política de Colombia; Artículo 14.5 del Pacto Internacional sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1966. Documentos Recientes Mirjan r. DAMASkA, op. Notificación en los procesos judiciales. ed., Ed. 075/1998, citada por oswaldo GoZAíNE, op. El criterio de suficiencia dice CoLoMEr hErNáNDEZ es un parámetro de creación jurisprudencial para el control de la efectividad de la obligación de motivar. Es impor- tante señalar que en el análisis, sustentado en diversas opiniones de autores, se resalta lo fundamental de los criterios de verdad y validez de las resolu- ciones judiciales y los diversos principios lógicos que constituyen la esencia de la motivación, incluyendo la cosa juzgada y los diversos modelos. 035-2004 de 26 de agosto de 2004 publicado en el r.o. Vid. 445 y ss. WebResoluciones del antes denominado secretario judicial. tEoríA DE LA MotIVACIóN DE LAS rESoLUCIoNES JUDICIALES 67 ferencia a los fundamentos de derecho, en concordancia con lo deter- minado por la demanda o los méritos del proceso y, adicionalmente, en la jurisprudencia y en los principios universales del derecho. 6, pp. 2, pp. “Apuntes sobre el concepto de motivación de las decisiones … Fundamentación o Justificación Jurídica. ... IDOCPUB. Del mismo autor, El recurso de casación en el derecho positivo argentino, Víctor de Zavalía Editor, Buenos Aires, 1968, pp. 425-430. CArLA ESPINoSA CUEVA 38 esta providencia, en función del proceso de su formulación o también llamada génesis lógica. En otras palabras, las autoridades jerárquicas o paritarias pueden de- sarrollar sus propios procedimientos adversariales o no adversariales, ya que éstos se encuentran entrecruzados, dependiendo de su contexto his- tEoríA DE LA MotIVACIóN DE LAS rESoLUCIoNES JUDICIALES 27 51 rené DAVID, Los grandes sistemas jurídicos contemporáneos, Ediciones Universitarias, Valparaíso, 1991, p. 278. Manuel ATIENZA, El derecho como argumentación, Editorial Ariel, Barcelona, 2006. xiii una introducción o un tratado especializado en estos ámbitos.3 La ex- periencia y la jurisprudencia del ex Tribunal Supremo Electoral ha que- dado en el olvido y casi no existe una reflexión sobre las decisiones de la jurisdicción electoral.4 Carla ESPINOSA CUEVA intenta en este trabajo sobre la Teoría de la Motivación de las Resoluciones Judiciales llenar estos vacíos en la literatura jurídica ecuatoriana, a través de un estudio claro y preciso de los prin- cipales temas de la motivación judicial y analiza, desde esta perspectiva, algunas sentencias del Tribunal Contencioso Electoral ecuatoriano. 451, de 22 de octubre de 2008. tEoríA DE LA MotIVACIóN DE LAS rESoLUCIoNES JUDICIALES 13 dad y el drama humano de las partes, y esto no puede ser observado por los otros jueces. 06 –que declaraba consentido el auto final y daba inicio a la ejecución forzada– y del acto de … Al respecto, vid. 217-288 [N. del E.]. La motivación, por tanto, no puede considerarse cumplida con la mera emisión de una declaración de voluntad del juzgador, accediendo o no a lo pretendido por las partes en el proceso, sino que se refiere a que en los proveídos judiciales se exterioricen los razonamientos que cimientan y sustentan la decisión, que debe ser lo suficientemente clara para que sea comprendida y, de esta manera, se elimine la arbitrariedad.79 Por tanto, no hay duda de que la motivación, a más de ser un deber para el poder público, es un derecho exigible jurisdiccionalmente, conforme con un Estado constitucional de derechos y justicia. de las resoluciones judiciales Sentencias..............................................................................37 a) Naturaleza jurídica ..........................................................38 b) Proceso de formación de la sentencia...............................40 c) Clasificación de las sentencias..........................................42 d) Requisitos de la sentencia ................................................43 Índice xviii III. Tampoco existe precedente bibliográfico del Derecho Electoral y la Justicia Electoral en el Ecuador. Este estudio confluye en una nueva presentación del papel que juega la motivación, para llegar a plantear el valor relativo en cada una de las diferentes providencias judiciales y, fundamentalmente, en las sentencias, su formación, clases y requisitos. 6, 11, 12, 18 y 23, pero puntualizando que solo en materia de lesión de derechos constitucionales sin entrometerse en la materia litigiosa decidida, es decir, en la forma de aplicar la ley (derecho ordinario), así como en el conocimiento, calificación y valoración de los hechos que han dado lugar al proceso. A su vez, se suelen clasificar en autos de trámite y autos interlocutorios; y, dentro de éstos, los autos con fuerza de sentencia o que ponen fin al proceso. Pero, evidentemente, en esta operación el juez no añade ninguna partícula de voluntad propia a la ya manifestada por el legislador. WebDebido Proceso: Motivación de las Resoluciones Judiciales, en Relación al Juicio de Amparo y al Procedimiento Penal. Juicio No. 146). WebLa ausencia de motivación, cuando es preceptiva legal- mente, puede entenderse como un vicio merecedor de nulidad de pleno derecho, pues provoca indefensión y se conculca así el derecho funda- mental a la tutela judicial efectiva del artículo 24 de la Constitución, en aplicación del artículo 62, inciso a, de la LRJAPPAC. 237 de 27 de marzo de 2006. fernando DE LA rúA, Teoría general del proceso, Ediciones Depalma, Buenos Aires, 1991, p. 142. cabe destacar en esta parte que, a nuestro criterio, la motivación no solo es un requisito de la forma de la sentencia, como lo señala DE LA rúA, sino que tiene que ver con su fundamentación y, como se vio en líneas precedentes, con el proceso intelectual de formación de la misma; por lo tanto, no solo es un requisito formal, sino material y de contenido, que rebasa la estructura formal. 15 Cfr. Principio de identidad Un concepto, idea u objeto son siempre idénticos a sí mismos. La motivación de las sentencias electorales ........................................97 A. Definición, objeto y naturaleza del Derecho Electoral ..................97 1. ve/jurisprudencias/extracto.aspíid=&id2=&ns= 353353 80 Cfr. En definitiva, podríamos concluir que la historia política del Estado es determinante para comprender el porqué del modo de proteger los derechos fundamentales en cada sistema jurídico. 167 y s. 56 hernado MorALES MoLINA, Curso de derecho procesal civil, Parte General, Ed. En este sentido y, en términos generales, la doctrina distingue fundamentalmente entre sentencias y autos. La cita legal debe recaer sobre lo esencial o sustancial de la decisión. Sin embargo, esta objeción jurídica no impide que sean identificables y respetados de manera general. Clara El pensamiento del juzgador debe ser aprehensible, comprensible y exa- minable, y el juez no dejar lugar a dudas sobre las ideas que expresa. Expresa ..................................................................................63 2. WebIncluye referencias bibliográficas (páginas 455-472). 4 La primera publicación del Tribunal Contencioso Electoral del Ecuador intenta poner las bases conceptuales del estudio del Derecho Electoral y la justicia electoral en el Ecuador; vid. Para el efecto y siguiendo a fernando DE LA rúA,68 podemos iden- tificar presupuestos externos y requisitos internos del fallo. c) Autos con fuerza de sentencia: no son una tercera categoría. 229-2001, Juicio No. En este sentido, el proceso intelectual de la sentencia no es una pura operación lógica, porque hay en ella diversas circunstancias ajenas al silogismo ju- rídico. WebMOTIVACIÓN DE RESOLUCIONES JUDICIALES CFOCAP 1.7K views 1 year ago ESTANDART JURISPRUDENCIAL MAS ALTO EN LAS RESOLUCIONES JUDICIALES … El problema que se plantea es poder determinar en qué momento el juez puede asumir como verdaderos determinados hechos, pues exis- ten diferentes fases de la verdad.110 Así, podemos distinguir las siguientes fases: a) La fase de la verosimilitud: que es la que da lugar, por ejemplo, a las medidas cautelares, por considerar que un hecho es razonablemente verosímil, como para tomar dichas medidas. 1010-2007 de 01 de octubre de 2008. De esta forma, todo asunto sometido a la decisión de un juez o tribunal debe basarse en los precedentes judiciales, además de leyes (sta- tute law), siguiendo el principio de stare decisis, salvo que pueda justifi- carse razonadamente la necesidad de un cambio jurisprudencial.36 Las razones por las que el sistema anglosajón se mantuvo en una línea evolutiva propia son varias. Estos ideales ofrecen una perspectiva adecuada del contraste entre los estilos continentales y anglosajones de administración de justicia y permiten observar cómo la maquinaria de justicia interactúa con las estructuras heredadas de modos complejos, y produce híbridos que difícilmente pueden analizarse sin considerar sus antecedentes históricos.16 CArLA ESPINoSA CUEVA 8 significa dejar de lado las normas legales, sino que se trata de aplicar el ordenamiento en su conjunto. De igual manera, la Sala de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia de El Salvador, en el Juicio No. A la Corte Suprema estadounidense llegan múltiples casos de variada índole y este tribunal tiene la facultad de aceptarlos o rechazarlos, sin que medie motivación alguna (per curian). Sus efectos se retro- traen hacia lo pasado. Para el efecto, se han desarrollado cuatro capítulos. Supone, por tanto, un acto volitivo que requiere de la construcción de un juicio histórico de los hechos y de un juicio crítico o de valor, donde el juez debe tomar en consideración las circunstancias sociales, económicas y políticas de cada caso. Teoría de la motivación de las resoluciones judiciales y jurisprudencia de casación y electoral A Camila En un Estado constitucional de derechos y justicia la función más importante de las juezas y jueces, tanto de la justicia ordinaria como de la justicia electoral, es garantizar los derechos de las personas. La sentencia —como se 54 Eduardo CoUtUrE, Fundamentos del derecho procesal civil, 4ta. La Constitución de 1795 en su artículo 208 agregó que “las sentencias debían enunciar los términos de la ley que aplicaren”. 102 Cfr. CONSIDERANDO: Primero.- … Adicionalmente, debemos recordar que esta posición de la subsunción del supuesto de hecho concreto en la norma pierde fuerza en la medida que el derecho contenga principios y no solamente reglas. WebLa Motivación de las Resoluciones Judiciales y el Debido Proceso. En relación a la oportunidad, el juez debe pronunciar sentencia den- tro de los términos establecidos. 12 Mirjan r. DAMASkA, Las caras de la justicia y el poder del Estado: análisis comparado del proceso legal, Ed. osvaldo Alfredo GoZAíNE, “El Debido Proceso”, en: Derecho procesal constitucional, rubinzal-Culzoni Editores, Buenos Aires, 2004, p. 430. Génesis, desarrollo y consolidación del deber de fundamentación de resoluciones judiciales -- La motivación judicial entendida como garantía constitucional y obligación legal: en torno a la configuración, función, alcance y extensión de la motivación en nuestro ordenamiento jurídico -- La motivación judicial … Como consecuencia de lo anterior, en la teoría de la argumentación se puede presentar un caso para el cual el derecho no ofrezca la respuesta deseada, por lo que la actividad argumentativa será la de ofrecer razones que justifiquen la adopción de una nueva decisión o impliquen lo que se ha dado en llamar “creación judicial”. 360 de 16 de junio de 2008. 2, pp. 18 Cfr. a) El contenido esencial de este derecho está expuesto en la STC Exp. tEoríA DE LA MotIVACIóN DE LAS rESoLUCIoNES JUDICIALES 59 ausencia de razones que habilitarían el recurso correspondiente, el cual eventualmente puede conducir a la nulidad.91 C. Distintas formas de motivar una decisión judicial Cuando se trata de los sistemas que siguen la tradición del civil law, se deben distinguir dos casos. La idea general que subyace a la doctrina es la del respeto por las decisiones precedentes; es decir, decisiones tomadas previamente por otros tribu- nales que resolvieron un problema semejante y que pueden ser sus superiores jerárquicos (stare decisis vertical), como por jueces de la misma jurisdicción incluidos ellos mismos (stare decisis horizontal). Principios procesales que rigen el procedimiento electoral....................................................107 D. Alcance constitucional de la motivación en el Derecho Electoral ..............................................................108 E. Requisitos y partes de la sentencia en materia electoral ...............112 1. Si fuera una opinión particular del juez, se viviría en la sociedad sin saber con exactitud los compromisos contraídos con ella.” (p.145, tomo I). cit., p. 439. Principio de razón suficiente..................................................82 G. Relación de implicación material: los requisitos de la motivación......................................................82 H. Relación entre verdad y validez: el razonamiento sólido como base de la motivación de las resoluciones judiciales.........................................................85 I. Motivación y cosa juzgada............................................................88 J. Ventajas y desventajas prácticas de la motivación..........................90 K. Explicación de la motivación en el Ecuador a partir de modelos que vinculan la organización del poder con las formas de administrar justicia ...........................91 IV. Los sistemas paritarios, entre ellos el common law inglés y nortea- mericano, siguen incorporando preceptos de justicia sustantiva en sus veredictos. La lógica como Instrumento Ineludible en la Motivación de las Resoluciones Judiciales. CArLA ESPINoSA CUEVA 14 29 El artículo 2 del anteproyecto del Código Procesal Civil Modelo para Iberoamérica prescribe: “Dirección del Proceso. Su finalidad por regla general se basa en dar al proceso el curso que la Ley establezca. CArLA ESPINoSA CUEVA 58 tancia. El segundo, es relativo a nociones conceptuales sobre las providencias judiciales y la obligatoriedad, o no, de ser motivadas. Dentro de este ideal, en el cual se identifican muchos de los sistemas judiciales de la familia romano-germánica, se tiende a la profesionaliza- ción de los funcionarios permanentes y a la especialización de tareas, lo cual hace que la justicia no sea individualizada y que, por lo tanto, las resoluciones sean tomadas sobre la base de parámetros predeterminados, en donde prima el pensamiento institucional sobre el personal; pues, de las distintas formas en que se puede abordar un tema o un problema, solo una emerge como la habitual. Decretos y autos. La dirección del proceso está confiada al tribunal, el que la ejercerá de acuerdo con las disposiciones de este Código”. En Inglaterra existe, desde el siglo XIX, una regla del precedente o stare decisis45 que impone a los jueces, en deter- minadas condiciones, observar las normas jurídicas formuladas con ocasión de haberse resuelto por otros jueces casos semejantes. WebTipos De Resoluciones Judiciales [pd49596z22l9]. Partes de la sentencia electoral .............................................120 a) Encabezamiento o parte expositiva ................................120 b) Parte considerativa ........................................................121 c) Parte resolutiva..............................................................122 F. La motivación de fallos contencioso electorales ..........................122 Conclusiones y recomendaciones ...........................................................131 Bibliografía.............................................................................................137 ÍNDICE CARLA ESPINOSA CUEVA Función Judicial, especialmente las Salas de lo Civil y de lo Laboral y Social de la Corte Suprema de Justicia (hoy Corte Nacional), deberían fundamentar sus resoluciones. WebDebido Proceso: Motivación de las Resoluciones Judiciales, en Relación al Juicio de Amparo y al Procedimiento Penal. La sentencia es, se supone, un acto propio del juez, quien decide sobre la base de una operación crítico-intelectual; no obstante, en la práctica hemos verificado que el juzgador no siempre actúa como un verdadero historiador y creador del derecho en el sentido de describirlo más allá de la ley, por lo que sus resoluciones resultan muy predecibles. Jurídica de Chile, Santiago de Chile, 2000, p. 2. 124 Afirmar p y no-p a la vez es una falsedad lógica, es decir, independientemente del contenido material de “p”, la afirmación conjunta p y no-p es siempre falsa. Ugo MAttEI, “Efficiency in Legal transplants: An Essay in Comparative Law and Econo- mics”, en: International Review of Law and Economics, 3/1994, pp. De esta manera, se abren nuevas perspectivas de conocimiento [N. del E.]. Al respecto, no obstante, no existe acuerdo sobre su real carácter autónomo. En otras palabras, el responsable superior debe motivar sus decisiones siguiendo ciertas pautas que justifiquen sus razonamientos, sobre la base de la información restringida y pre elabo- rada transmitida por los jueces de primera instancia, quienes estuvieron más cerca de los detalles del proceso, caso contrario estarían desprovistos de toda base legal, lo cual cierra de antemano muchos caminos de interpretación teóricamente posibles, que una imaginación jurídica sin restricciones institucionales podría concebir. Nociones básicas y antecedentes Existe uniformidad de criterios respecto a que en el derecho romano, durante el iudex, no se halla ninguna huella acerca de la obligatoriedad del juez romano de motivar sus resoluciones; pero, a partir de la cognitio oficial en el siglo IV, la visión cambia. WebMOTIVACIÓN CLARA La motivación clara puede establecerse como imperativo procesal en la medida que las partes que estos son los destinatarios directos de la resolución de un conflicto ante el Poder Judicial. Clara .....................................................................................64 3. En torno a que la Autorización 039-2010-MDP/GDET otorgada a la demandante para la instalación de dos anuncios publicitarios de tipo simple, ... Bajo este … rené DAVID, Los grandes sistemas jurídicos contemporáneos, Ed. Por su parte, el inciso 5 del artículo 139° de la Constitución Política determina como uno de los principios de la función jurisdiccional: “La motivación escrita de las resoluciones judiciales en todas las instancias, excepto los decretos de mero trámite, con mención expresa de la ley aplicable y de los fundamentos de hecho en que se … 82 Ibíd., principalmente, pp. Esta limitación es obvia, mas no significa que sea absoluta. 117 obviamente que todas deben ser evitadas aunque su número sea indeterminable [N. del E.]. No obstante, no revisten la calidad de sentencia; pero, por su naturaleza, re- quieren ser motivados. Son autos todas las demás providencias de trámite o interlocutorias.58 Similar clasificación adoptan otros ordenamientos jurídicos latinoame- ricanos, aunque difieren en la denominación; así, por ejemplo, en el caso uruguayo, se distinguen las resoluciones en forma de providencias de trámite (anteriormente denominadas mere-interlocutorias) y senten- cias interlocutorias y definitivas;59 de igual manera, el Código de Proce- CArLA ESPINoSA CUEVA 34 58 Código de Procedimiento Civil colombiano expedido mediante Decretos No. Los estilos jerárquico o paritario pueden ser analizados utilizando las líneas procesales civiles, laborales, penales, entre otras, las cuales difieren en las diversas culturas legales. Si bien algunos autores han avanzado hasta la identificación de principios lógicos básicos: iden- tidad, contradicción, tercero excluido y razón suficiente,119 trataremos de ir un poco más allá y aportar con criterios que permitan evidenciar la aplicación de estos principios en la motivación de los fallos, la relación lógica de implicación material y la concepción general del razonamiento válido y del sólido. Muestra claramente cómo, en nuestros sistemas, la motivación es un medio efectivo contra la desconfianza en la administración de justicia y, en concreto, en los jueces. Por ser la parte fundamental de la sentencia, tampoco parece ser solo un requisito de la estructura formal sino, fun- damentalmente, también de contenido. Con esta publicación auspiciada por el … No hay académico que haya publicado Prólogo* * Agradezco a Gladys Ruiz Torres, Coordinadora de Comunicación del Tribunal, su apoyo en la edición de este trabajo. Enseguida entendemos por qué los jueces del sistema codificado están obligados a someterse al imperio de la ley, mientras que un diseño diferente admite las bondades de la equidad y la interpretación abierta de la norma. cit., p. 422. Elementos para una motivación debida de las resoluciones judiciales con jurisprudencia de casación civil y laboral ecuatoriana 71 Conviene recordar que aunque es de origen anterior, es con la revolución francesa cuando surge la concepción moderna de motivación, como control democrático del ejercicio del poder jurisdiccio- nal, aunque referido solo a los elementos de derecho y no a los probatorios; sobre todo, después del ar- tículo 94 de la Constitución de 1793: Los jueces “motivan sus decisiones”. d) Requisitos de la sentencia Para finalizar este capítulo de nociones previas conceptuales, es impor- tante destacar los requisitos de la sentencia, pues en ellos encontraremos, una vez más, a la motivación como elemento fundamental, cuyo análisis específico se realizará más adelante. CArLA ESPINoSA CUEVA 18 En este sistema, por tanto, la motivación constituye un mecanismo de control jerárquico de instancias y de prevención frente a la opinión pública, pues impide consagrar arbitrariedades y garantiza que las deci- siones emitidas por los jueces sean justas e imparciales sobe la base de una argumentación lógica y sólida. Sin embargo, esta cuestión no está claramente definida en el proceso y puede ser materia de mitos y de generalizaciones ideales, pero no reali- 109 Esto no excluye el hecho de que para llegar a cumplir estos requisitos en función de la verdad de las afirmaciones, no se deba partir de la construcción de estructuras válidas del pensamiento. No habrá tal motiva- ción si en la resolución no se enunciaren normas o principios jurídicos tEoríA DE LA MotIVACIóN DE LAS rESoLUCIoNES JUDICIALES 63 difícil dar un clarificador concepto, lo que es aceptado en la doctrina es que la coherencia exige una de- cisión que tenga una relación de compatibilidad con el ordenamiento, entendida como exigencia de que toda resolución jurídica coincida con el sistema de fuentes del derecho; por tanto, un test de cohe- rencia sería analizar si la decisión se justifica por su acoplamiento al conjunto de normas y de valores o principios positivizados en el sistema jurídico y no, por su simple apego a una interpretación literal que no da cuenta de la totalidad del orden jurídico.
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